Servicio de Atención Ciudadana

El Servicio de Atención Ciudadana (SAC) es un enlace entre la Ciudadanía y el Ayuntamiento de Zigoitia que facilita las consultas, la presentación de documentos y la realización de gestiones municipales. El SAC es, por tanto, un instrumento municipal que incorpora técnicas modernas de atención al cliente que facilita y agiliza la comunicación con los vecinos y vecinas, ahorrando esfuerzos y ofreciendo más comodidad en la obtención de soluciones para cada planteamiento. Es, en definitiva, un paso más en el acercamiento entre esta Administración Municipal y la Ciudadanía para dar solución a al mayoría de las demandas.

Información y orientación a la ciudadanía

Qué es

Facilitar información y orientar a la ciudadanía sobre cualquier aspecto relacionado con el Ayuntamiento y el municipio en general.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o su representante.

Documentación a aportar

Dónde se solicita

Presencialmente: En las oficinas municipales: c/ Bengolarra, 1 (Ondategi) de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00.

Por correo postal: En las oficinas de correos.

Sede electrónica: https://zigoitia.egoitzaelektronikoa.eus/info.0

Teléfono: 945 464041

Fax: 945 464052

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado: Inmediato

El plazo legal de resolución y los efectos del silencio administrativo dependerán del tipo de procedimiento a que dé lugar la solicitud.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Facilitar la información con las herramientas de que se dispone (manual de trámites, impresos de solicitudes, etc.)
  2. Caso de precisar información específica se facilitará la relación con el personal técnico del área correspondiente.

Resumen de trámites posteriores

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Servicio Atención Ciudadana

Observaciones

El personal de Atención Ciudadana ayudará a la persona interesada, si es necesario, en la cumplimentación de instancias y solicitudes municipales.

Registro de entrada

Qué es

Recepción de la documentación y de las instancias que la ciudadanía quiera dirigir al Ayuntamiento y a los órganos de la Administración de la CAPV o a las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquella según convenio suscrito entre ambas administraciones.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o su representante.

Documentación a aportar

  • Documentos en que funde su derecho. Dependiendo del tipo de procedimiento que deba incoarse a partir de la solicitud, habrá una documentación mínima exigible.
  • Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá presentar Escrito de representación.

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

  • Presencialmente: C/ Bengolarra, 1 (Ondategi) de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00.
  • Por correo postal: En las oficinas de correos.
  • Fax: 945 464052
  • Telemáticamente: en la pasarela de pagos Mi Pago en la página web municipal (www.zigoitia.eus) sólo en caso de disponer de recibo

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Gratuito. En función del expediente a seguir, éste generará o no precio público, tasa o impuesto.

Plazo del Procedimiento

El registro se realiza al momento.

El plazo legal de resolución y los efectos del silencio administrativo dependerán del tipo de procedimiento a que de lugar el escrito presentado.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recoger y comprobar la solicitud acompañada de la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento de que se trate.
  2. Entregar a modo de recibo una copia sellada de la solicitud, figurando la fecha de presentación.
  3. En caso de falta de documentación a aportar, o de otros requisitos, se entregará el requerimiento para que en el plazo de diez días hábiles (todos los días excluidos domingos y festivos) efectúe la subsanación.
  4. Escanear la solicitud, escrito o comunicación.
  5. Remitir el documento o instancia registrado al área correspondiente.

Resumen de trámites posteriores

No procede

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Servicio de Atención Ciudadana

Observaciones

Solicitud de cita con Alcaldía, Concejales y Personal Técnico

Qué es

Solicitud para reunión con miembros de la corporación municipal, así como con el personal técnico municipal (excepto en Servicios Sociales: ver trámite “Solicitud cita Servicios Sociales de la Cuadrilla de Zuia”).

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona o su representante.

Documentación a aportar

Teléfono o correo electrónico de contacto.

Dónde se solicita

Presencialmente: En las oficinas municipales: c/ Bengolarra, 1 (Ondategi) de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00.

Correo electrónico: zigoitia@zigoitia.eus

Teléfono: 945 464041

Fax: 945 464052

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado: concesión de la cita según disponibilidad.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recepción de la solicitud de la cita.
  2. Comprobación de la agenda.
  3. Confirmación de la cita con la persona interesada por teléfono o correo electrónico.

Resumen de trámites posteriores

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Servicio de Atención Ciudadana

Observaciones

Se recomienda definir el tema a tratar en la reunión para disponer de la información y documentación necesaria previamente a la celebración de la cita.

Horarios:

  • Urbanismo: Viernes: 10:00-14:00
  • Cultura: Martes y Miércoles: 9:00-14:00
  • Euskera: Miércoles 09:00-14:00
  • Concejales: según disponibilidad.

Información sobre procedimientos administrativos en tramitación. Obtención de copias

Qué es

  • Información sobre estado de tramitación de un procedimiento concreto.
  • Obtención de copias de los documentos integrantes de un expediente.

Quién lo puede solicitar

Solamente quienes tengan la condición legal de personas interesadas en el procedimiento y sus representantes legales. (En este manual se puede consultar la definición de persona interesada acudiendo al procedimiento concreto de que se trate).

Documentación a aportar

  • Acreditación documental de la condición legal de persona interesada.
  • Acreditación de la representación legal mediante cualquier medio válido en derecho (escritura pública, comparecencia personal del interesado en el Ayuntamiento,…), en su caso.

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Copias en papel en DIN A4: (se cobra a partir de 5 copias)

Normal/ Reducida/ Ampliada: 0,20 euros

Copias en papel DIN A3: (se cobra a partir de 5 copias)

Normal: 0,72 euros; Reducida/ Ampliada: 1 euro

Proyectos y documentos que precisen de maquinaria especializada: el 110 por ciento del coste de la factura que el establecimiento comercial de reprografía gire al Ayuntamiento.

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado:

  • En el caso de información sobre procedimientos administrativos en tramitación: al momento en la medida de las posibilidades del área.
  • Para la obtención de copias: una semana, salvo en el caso de proyectos y documentos que precisen de maquinaria especializada, en el que el plazo es de 15 días.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

Información sobre procedimientos en tramitación:

  1. Informar sobre el estado de la tramitación.

Obtención de copias:

  1. Realización de copias.
  2. Liquidación y pago de la tasa cuando se realicen más de 5 copias.
  3. La persona solicitante firmará un recibo acreditativo de la entrega de los documentos.

Resumen de trámites posteriores

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Servicio de Atención Ciudadana

Observaciones

Se trata de procedimientos en tramitación; no de procedimientos terminados, cuya regulación se recoge en el art. 37 de la Ley 30/1992

Recepción de sugerencias, reclamaciones y agradecimientos

Qué es

  • Recepción de avisos de averías o incidencias en los servicios públicos detectados por la ciudadanía. Los avisos relacionados con la red de abastecimiento y saneamiento de agua deben dirigirse al Consorcio de Aguas de Zigoitia (Calle Bengolarra, 1- 1ª planta, en Ondategi. Teléfono 945 464300).
  • Recepción de quejas de la ciudadanía en relación con el funcionamiento de los servicios municipales.
  • Recepción de las sugerencias formuladas por la ciudadanía para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la ciudadanía con el Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar

Toda persona o su representante.

Documentación a aportar

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado respuesta: 2 semanas.

Plazo máximo legal para resolver: 3 meses.

Silencio administrativo: no procede.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recoger el escrito de aviso, queja o sugerencia y dar registro de entrada al mismo (excepto los avisos, quejas y sugerencias realizados por teléfono).
  2. Remitir al Área o Junta Administrativa correspondiente, según el contenido.

Resumen de trámites posteriores

Remisión a la persona solicitante de información sobre las actuaciones realizadas.

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Servicio de Atención Ciudadana

Observaciones

Las quejas que se formulen no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo, ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente. Tampoco condicionan en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos de las personas interesadas en un determinado procedimiento.

Recepción de Denuncia

Qué es

Recepción de escrito por el que una persona pone en conocimiento del Ayuntamiento la existencia de un hecho que pudiera constituir infracción administrativa.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona o su representante.

La denuncia no convierte, por sí sola, al denunciante en persona interesada en el procedimiento sancionador. Quien denuncia, salvo que tenga legitimación en los términos establecidos en la legislación aplicable y solicite la apertura del procedimiento, no tendrá más participación en el procedimiento que el derecho a recibir comunicación del órgano competente sobre la apertura o no de aquél y, en su caso, de la resolución que le ponga fin.

Documentación a aportar

  • Escrito de denuncia debidamente cumplimentado.
  • Facultativamente documentos de acreditación de los hechos denunciados (fotografías, etc.)

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

El correspondiente a cada procedimiento en caso de apertura del mismo. Si bien en el plazo de dos semanas se informará a la persona denunciante de las actuaciones a seguir.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recoger y registrar el escrito de denuncia, ayudando en su caso a la cumplimentación del impreso.
  2. Remisión del escrito al Área correspondiente.

Resumen de trámites posteriores

  1. Realización de actuaciones previas con objeto de determinar si concurren circunstancias que justifiquen la iniciación de procedimiento de restauración de la legalidad, sancionador u otro que proceda.
  2. Comunicación por escrito a la persona denunciante de la apertura o no de procedimiento administrativo.
  3. En su caso, instrucción, con todos sus trámites, del procedimiento o procedimientos correspondientes.
  4. Comunicación a la persona denunciante de la resolución, en su caso.

Quién lo aprueba

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Secretaría

Observaciones

Las materias objeto de denuncia pueden ser muy variadas: horarios de los establecimientos, obras y urbanismo, medioambiente y sanidad, animales, residuos, etc.

Reclamaciones Patrimoniales

Qué es

Recepción de reclamación de indemnización presentada por cualquier persona ante el Ayuntamiento por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia de funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

En todo caso, el daño alegado ha de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas, no debiendo existir una deber jurídico de soportarlo.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

  • Solicitud reclamación de daños. Deberá especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y el momento en el que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse la persona reclamante.
  • Acreditación de la representación legal mediante cualquier medio válido en derecho (escritura pública, comparecencia personal del interesado en el Ayuntamiento,…), en su caso.

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado para resolver: dependiendo de la complejidad de la reclamación, siendo el plazo para las más sencillas de 1 mes.

Plazo legal máximo para resolver:

  • Procedimiento general: 6 meses. El plazo de 6 meses podrá ser ampliado en el supuesto de apertura de un período extraordinario de prueba según el art. 9 y 13.3 del Real Decreto 429/1993 que aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.
  • Procedimiento abreviado: Cuando el órgano instructor entienda que son inequívocas la relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, la valoración de daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá iniciar procedimiento abreviado que tiene un plazo máximo para resolver de 30 días.

Silencio Administrativo: negativo (desestimación)

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recoger y dar registro de entrada al escrito de reclamación.
  2. Entregar copia sellada del escrito a modo de recibo.
  3. Remitir el escrito a Secretaría.

Resumen de trámites posteriores

  1. Remitir parte a la compañía aseguradora.
  2. Práctica de pruebas (testifical u otras).
  3. Emisión de informes necesarios; en todo caso, informe del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión.
  4. Trámite de audiencia al interesado para formular alegaciones y presentar documentos y justificaciones que estime pertinentes.
  5. Propuesta de resolución.
  6. Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi en reclamaciones superiores a 18.000 euros.
  7. Resolución y notificación a la persona interesada.

Quién lo aprueba

Alcaldía

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Secretaría

Observaciones

  • En la solicitud se hará constar si en el momento de producirse los daños intervino o no la Ertzaintza.
  • El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo comenzará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Solicitud de acceso, rectificación, cancelación y oposición a datos personales

Qué es

  • Procedimiento regulado en la normativa de protección de datos para que los afectados puedan controlar el uso que se hace en el Ayuntamiento de los datos de carácter personal que obran en los ficheros municipales.
  • Se trata del ejercicio de los derechos ARCO:
  • Acceso.
  • Rectificación.
  • Cancelación.
  • Oposición.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona, consten sus datos en los ficheros municipales o no.

Documentación a aportar

  • Fotocopia de DNI o documento acreditativo equivalente.
  • Solicitud en la que se concrete la petición.
  • Demás documentación que estime necesaria el interesado o fundamente su solicitud

Dónde se solicita

En las oficinas municipales:

En los registros de cualquier órgano administrativo de:

  • la Administración General del Estado
  • de la Administración de la Comunidad Autónoma
  • de la Administración de las Diputaciones Provinciales
  • de los Ayuntamientos a los que se aplica el régimen de organización de los municipios de gran población.
  • en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Para más información llamar al 945 464041

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del procedimiento

  • Acceso: 30 días para contestar; si procede y posteriormente el acceso se efectuará en 10 días.
  • Rectificación: 10 días para contestar.
  • Cancelación: 10 días para contestar.
  • Oposición: 30 días para contestar.

En todos los casos, si no se contesta rige el silencio administrativo negativo, es decir, se entenderá por desestimada la petición.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir por el Servicio de Atención Ciudadana

  1. Recepción de solicitud
  2. Remisión al departamento correspondiente

Resumen de trámites posteriores

  1. Búsqueda de los datos personales.
  2. Elaboración de la contestación y notificación.

Quién lo aprueba

Alcaldía

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Secretaría- Intervención

Observaciones