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- En caso de actuar en nombre de un tercero, escrito de representación.
Documentación de identificación:
- DNI en vigor de todas las personas que se empadronen (obligatorio a partir de los 14 años).
- En caso de empadronamiento de menores Libro de Familia o DNI, si lo tienen.
- Si el menor se empadrona con uno solo de los progenitores, se deberá acreditar la autorización del otro progenitor (Documento de autorización entre progenitores), declaración responsable según modelo INE o tener la tutela mediante la presentación de la sentencia judicial o convenio regulador.
Documentación de identificación de personas extranjeras:
- Las personas ciudadanas de la Unión Europea y de Noruega, Islandia, Liechestein y Suiza deberán aportar pasaporte o documento de identidad de su país de nacionalidad en vigor y, si lo tuvieran, certificado de estar inscrita en el Registro Central de Extranjeros en el cual constará el Nº de identificación de extranjeros (NIE). La inscripción se realizará preferentemente con el NIE.
- Las personas ciudadanas nacionales de otros Estados deberán aportar tarjeta de residencia, expedida por las autoridades españolas en vigor. En su defecto, podrán aportar pasaporte en vigor de su país de nacionalidad. (La tarjeta de residencia de terceros países no será válida). La inscripción se realizará preferentemente con el NIE.
Documentación de la vivienda:
En caso de empadronamiento de personas propietarias, arrendatarias o titulares de derecho de uso de la vivienda:
- Título de propiedad.
- Contrato de arrendamiento de la vivienda; si no es reciente, además habrá que aportar el último recibo de alquiler.
- En el caso de subarriendo, contrato de subarrendamiento, contrato de arrendamiento y autorización de la persona propietaria de la vivienda.
- Otros títulos que acrediten el derecho de uso (sentencia judicial en caso de divorcio, testamentos, donaciones, etc.).
En caso de no poseer título de propiedad de la vivienda, contrato de arrendamiento o título de derecho de uso de la vivienda, autorización de las personas propietarias de la vivienda, titulares del contrato de arrendamiento, o titulares del derecho de uso, adjuntando fotocopia de su documento de identificación de la persona autorizante y el título del derecho de uso que ostenta, cuando éste no obre en poder del Ayuntamiento.
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