Plan de medidas antifraude

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece que las entidades que participen en la ejecución de las medidas del PRTR deberán disponer de un Plan de medidas antifraude que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.